Escala estatal del IRPF — solo la parte del Estado
La escala estatal del IRPF grava la base liquidable general por tramos: 9,5 % hasta 12.450 euros, 12 % hasta 20.200, 15 % hasta 35.200, 18,5 % hasta 60.000, 22,5 % hasta 300.000 y 24,5 % a partir de ahí, restando la misma escala aplicada al mínimo personal y familiar. A esa cuota se suma la de la escala autonómica de tu comunidad, que aquí no se calcula.
Normas 2026 — verificadas el 26 de septiembre de 2026Gratis, sin cuenta
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Su resultado
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Fuentes y supuestos
- BOE — Ley 35/2006 del IRPF — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 0,00 | 0,00 | 12.450,00 | 9,50 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 12.450,00 | 1.182,75 | 7.750,00 | 12,00 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 12.450,00 | 1.182,75 | 7.750,00 | 12,00 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 20.200,00 | 2.112,75 | 15.000,00 | 15,00 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 20.200,00 | 2.112,75 | 15.000,00 | 15,00 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 35.200,00 | 4.362,75 | 24.800,00 | 18,50 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 35.200,00 | 4.362,75 | 24.800,00 | 18,50 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 60.000,00 | 8.950,75 | 240.000,00 | 22,50 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 60.000,00 | 8.950,75 | 240.000,00 | 22,50 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 300.000,00 | 62.950,75 | En adelante | 24,50 | »
- BOE — Ley 35/2006 — ejercicio 2026, verificado el 26 de septiembre de 2026
Extracto de la fuente : « 300.000,00 | 62.950,75 | En adelante | 24,50 | »
Supuestos del cálculo
- Solo la parte estatal del impuesto. Cada comunidad autónoma aplica además su propia escala, distinta según la comunidad: el impuesto total es la suma de las dos cuotas y esta calculadora no calcula la autonómica.
- La base liquidable general y el mínimo personal y familiar los introduces tú: aquí no se calculan. La base del ahorro tiene su propia escala y queda fuera.
- El resultado es la cuota íntegra estatal: no se restan deducciones ni retenciones, y no se aplica el régimen de anualidades por alimentos a los hijos.
- Solo vale para el territorio común. Si tributas por el IRPF en el régimen foral del País Vasco o de Navarra, esta calculadora no te sirve: la Ley 35/2006 se aplica sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico de esos territorios (artículo 4.2).
- Si eres contribuyente con residencia habitual en el extranjero por las circunstancias de los artículos 8.2 y 10 (personal diplomático, consular o funcionario español destinado fuera, con su cónyuge e hijos menores, o español que traslada su residencia a un paraíso fiscal), la escala estatal de aquí es la tuya, pero la segunda escala no es la de una comunidad autónoma, sino la del artículo 65. Lo mismo vale si resides en Ceuta o Melilla (disposición adicional trigésima segunda). Esa segunda escala no se calcula aquí.
Para saber más
Pasar a la declaración
El modelo o los modelos oficiales que hay que cumplimentar una vez conocido el importe, explicados campo por campo.
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