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Modelo 369: IVA de la ventanilla única (régimen de la Unión)

El modelo 369 es la autoliquidación trimestral del IVA de la ventanilla única (One Stop Shop): un empresario establecido en España que vende a distancia bienes o presta servicios a particulares de otros Estados miembros declara en una sola autoliquidación, ante la Agencia Tributaria, el IVA devengado en cada Estado de consumo y lo ingresa en un único pago. Se presenta durante el mes natural siguiente al trimestre, aunque no haya habido operaciones, tras darse de alta en el régimen de la Unión con el formulario 035.

Actualizado para 2026 — verificado el 3 de octubre de 2026Plantilla ActioFinGuía: unos 40 min

Este contenido forma parte del itinerario: Vender a otros países de la UE· Paso 6 de 6· Último paso del itinerario

Plazos

Mes natural siguiente al trimestre
Presentación e ingreso de la autoliquidación de cada trimestre natural, con operaciones o sin ellas, mientras se esté registrado en el régimen
Antes de empezar, o hasta el décimo día del mes siguiente al inicio
Alta con el formulario 035: el régimen se aplica desde el primer día del trimestre siguiente, o desde la primera operación si el 035 se presenta a más tardar el décimo día del mes siguiente y se consigna en «Comunicación de operaciones previas»
Décimo día del mes siguiente al cambio
Formulario 035 de modificación de los datos de registro (direcciones, cuenta bancaria, establecimientos permanentes, números de IVA en otros Estados)
Quince días antes del final del trimestre anterior
Formulario 035 de cese voluntario para dejar de utilizar el régimen de la Unión a partir del trimestre siguiente
Tres años desde la fecha en que debió presentarse
Plazo para corregir cuotas declaradas, a través de una autoliquidación posterior; después, hay que dirigirse al Estado miembro de consumo

Documentación que debe preparar

  • NIF del empresario, que es su número de operador en el régimen de la Unión
  • Registro de las operaciones del régimen por Estado miembro de consumo, con base imponible sin IVA y cuota por tipo impositivo
  • Importe de las ventas a distancia intracomunitarias y de los servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión a consumidores de otros Estados del año natural precedente (límite de 10.000 euros)
  • Tipos de cambio del Banco Central Europeo del último día del trimestre (o del día siguiente si ese día no hay publicación), si cobró en otra moneda
  • Certificado electrónico, o Cl@ve si es persona física, para presentar el formulario 035
Ver el trámite en el sitio oficial

Este trámite no tiene ningún formulario asociado: el enlace lleva a la página oficial que lo describe.

Qué obtiene

  • El documento en PDF, listo para imprimir y firmar.
  • El mismo documento en Word (.docx), para modificarlo antes de firmar.

Gratis, sin cuenta y sin dirección de correo electrónico.

El documento generado está redactado en el idioma que espera la Administración que lo recibe, que puede ser distinto del de esta página.

Genere su documento

Gratis. El documento se genera a petición: sus datos no se registran en ninguna de nuestras bases de datos y solo sirven para producirlo. Viajan en el cuerpo de la solicitud, nunca en la dirección de la página.

Todos los campos son obligatorios, salvo los marcados como «opcional».

Declarante y régimen
Por qué se lo pedimos

Decide qué número de operador, qué período y qué apartados admite la hoja: trimestral en la Unión y en el régimen exterior, mensual en el de importación.

Por qué se lo pedimos

Identifica al declarante en la cabecera: el NIF en el régimen de la Unión, el NEUOSS o el NIOSS en los otros dos.

Por qué se lo pedimos

Figura junto al número de operador en la cabecera, para archivar la hoja con el justificante de presentación.

Ejercicio y período
Por qué se lo pedimos

Fecha la hoja y, si es un año de cuatro cifras, permite escribir el mes y el año en que vence la presentación.

Por qué se lo pedimos

Se imprime en el título; la hoja escribe el mes natural siguiente, que es el plazo de presentación.

Por qué se lo pedimos

Si responde que sí, la hoja no imprime líneas ni pago y recuerda que la declaración se presenta igualmente.

Línea 1 por Estado miembro de consumo y tipo
Por qué se lo pedimos

Se imprime entre paréntesis en la línea 1: dice en qué apartado del formulario la consignará; la hoja solo admite los apartados del régimen elegido.

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 1: el Estado miembro de consumo cuyo código consignará en el formulario.

Hasta 2 decimales, separados por una coma

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 1 tal como lo anota: el tipo de IVA de ese Estado, que la hoja no conoce ni comprueba.

Cifras, después una coma y 2 cifras para los céntimos (por ejemplo 1250,00); sin espacios y sin el símbolo €

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 1 tal como la anota: la base imponible en euros; la hoja no calcula la cuota.

Línea 2 por Estado miembro de consumo y tipo
Por qué se lo pedimos

Se imprime entre paréntesis en la línea 2: dice en qué apartado del formulario la consignará; la hoja solo admite los apartados del régimen elegido.

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 2: el Estado miembro de consumo cuyo código consignará en el formulario.

Hasta 2 decimales, separados por una coma

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 2 tal como lo anota: el tipo de IVA de ese Estado, que la hoja no conoce ni comprueba.

Cifras, después una coma y 2 cifras para los céntimos (por ejemplo 1250,00); sin espacios y sin el símbolo €

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 2 tal como la anota: la base imponible en euros; la hoja no calcula la cuota.

Línea 3 por Estado miembro de consumo y tipo
Por qué se lo pedimos

Se imprime entre paréntesis en la línea 3: dice en qué apartado del formulario la consignará; la hoja solo admite los apartados del régimen elegido.

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 3: el Estado miembro de consumo cuyo código consignará en el formulario.

Hasta 2 decimales, separados por una coma

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 3 tal como lo anota: el tipo de IVA de ese Estado, que la hoja no conoce ni comprueba.

Cifras, después una coma y 2 cifras para los céntimos (por ejemplo 1250,00); sin espacios y sin el símbolo €

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 3 tal como la anota: la base imponible en euros; la hoja no calcula la cuota.

Línea 4 por Estado miembro de consumo y tipo
Por qué se lo pedimos

Se imprime entre paréntesis en la línea 4: dice en qué apartado del formulario la consignará; la hoja solo admite los apartados del régimen elegido.

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 4: el Estado miembro de consumo cuyo código consignará en el formulario.

Hasta 2 decimales, separados por una coma

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 4 tal como lo anota: el tipo de IVA de ese Estado, que la hoja no conoce ni comprueba.

Cifras, después una coma y 2 cifras para los céntimos (por ejemplo 1250,00); sin espacios y sin el símbolo €

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 4 tal como la anota: la base imponible en euros; la hoja no calcula la cuota.

Línea 5 por Estado miembro de consumo y tipo
Por qué se lo pedimos

Se imprime entre paréntesis en la línea 5: dice en qué apartado del formulario la consignará; la hoja solo admite los apartados del régimen elegido.

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 5: el Estado miembro de consumo cuyo código consignará en el formulario.

Hasta 2 decimales, separados por una coma

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 5 tal como lo anota: el tipo de IVA de ese Estado, que la hoja no conoce ni comprueba.

Cifras, después una coma y 2 cifras para los céntimos (por ejemplo 1250,00); sin espacios y sin el símbolo €

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 5 tal como la anota: la base imponible en euros; la hoja no calcula la cuota.

Línea 6 por Estado miembro de consumo y tipo
Por qué se lo pedimos

Se imprime entre paréntesis en la línea 6: dice en qué apartado del formulario la consignará; la hoja solo admite los apartados del régimen elegido.

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 6: el Estado miembro de consumo cuyo código consignará en el formulario.

Hasta 2 decimales, separados por una coma

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 6 tal como lo anota: el tipo de IVA de ese Estado, que la hoja no conoce ni comprueba.

Cifras, después una coma y 2 cifras para los céntimos (por ejemplo 1250,00); sin espacios y sin el símbolo €

Por qué se lo pedimos

Se imprime en la línea 6 tal como la anota: la base imponible en euros; la hoja no calcula la cuota.

Correcciones de períodos anteriores
Por qué se lo pedimos

Si responde que sí, la hoja recuerda los datos de cada corrección y el plazo de tres años.

Pago
Por qué se lo pedimos

Se imprime en el bloque de pago, con la casilla que recoge la parte pendiente si el ingreso es parcial.

Por qué se lo pedimos

Con NRC, la hoja recuerda que se paga antes de presentar; con transferencia, cómo usar el identificador del pago.

El borrador es un archivo que usted guarda donde quiera, igual que el propio documento: no conservamos ninguna copia y nada queda en su navegador. Con la sesión iniciada, también puede guardarlo en su espacio para retomarlo más tarde, solo si usted lo pide.

Vista previa del documento, actualizada mientras escribe

MODELO 369 — HOJA DE PREPARACIÓN (NO ES EL MODELO 369)

Esta hoja no es el modelo 369: no se presenta, no se firma y no calcula ningún importe. El modelo 369 se presenta por vía electrónica, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Declarante: … — NIF, que es el número de operador en el régimen de la Unión: ….

Régimen: régimen de la Unión. Ejercicio …, período 1T.

El modelo 369 se presenta dentro del mes natural siguiente al del final del período al que se refiere: el mes de abril.

Mientras esté registrado en el régimen, el 369 se presenta aunque no haya operaciones. Si no se ha presentado a finales de mes, la Agencia Tributaria envía un recordatorio electrónico el décimo día siguiente al vencimiento. Si por razones técnicas no puede presentarse por internet dentro del plazo, puede hacerse durante los cuatro días naturales siguientes.

Régimen

Declaración trimestral.

Operaciones por Estado miembro de consumo

Por cada Estado miembro de consumo, el formulario pide el código del país, el tipo de IVA de ese Estado y la base imponible en euros. Esta hoja recoge lo que usted ha anotado; no calcula ninguna cuota ni ningún resultado.

Línea 1 (apartado 3, prestaciones de servicios desde el EMID España y desde establecimientos permanentes situados fuera de la UE): Estado miembro de consumo …; tipo de IVA … %; base imponible …,00 €.

Línea 2 (apartado 3, prestaciones de servicios desde el EMID España y desde establecimientos permanentes situados fuera de la UE): Estado miembro de consumo …; tipo de IVA … %; base imponible …,00 €.

Línea 3 (apartado 3, prestaciones de servicios desde el EMID España y desde establecimientos permanentes situados fuera de la UE): Estado miembro de consumo …; tipo de IVA … %; base imponible …,00 €.

Línea 4 (apartado 3, prestaciones de servicios desde el EMID España y desde establecimientos permanentes situados fuera de la UE): Estado miembro de consumo …; tipo de IVA … %; base imponible …,00 €.

Línea 5 (apartado 3, prestaciones de servicios desde el EMID España y desde establecimientos permanentes situados fuera de la UE): Estado miembro de consumo …; tipo de IVA … %; base imponible …,00 €.

Línea 6 (apartado 3, prestaciones de servicios desde el EMID España y desde establecimientos permanentes situados fuera de la UE): Estado miembro de consumo …; tipo de IVA … %; base imponible …,00 €.

El apartado 8, «Resultado de la autoliquidación por EM de consumo», lo rellena automáticamente la aplicación con los datos anteriores.

Pago

Tipo de pago: ingreso total.

Pago antes de presentar, a una entidad colaboradora: su recibo lleva el Número de Referencia Completo (NRC), que se consigna en el modelo 369.

Documento redactado por ActioFin, sin ningún valor ante la Administración: revíselo y adáptelo a su situación antes de firmarlo.

Este documento se firma a mano, después de imprimirlo: no ofrecemos firma electrónica. Solo una firma electrónica cualificada, expedida por un prestador cualificado, tiene el mismo valor que una firma manuscrita (Reglamento eIDAS). Un simple clic no lo tendría — y hacérselo creer le expondría el día en que un organismo la impugnara.

A quién se aplica

  • Los empresarios o profesionales con sede en el territorio de aplicación del impuesto que se hayan acogido al régimen de la Unión de la ventanilla única: para ellos España es necesariamente el Estado miembro de identificación
  • Quienes realizan ventas a distancia intracomunitarias de bienes a consumidores finales de otros Estados miembros, o prestan servicios a consumidores finales localizados en un Estado miembro en el que no están establecidos
  • Quienes, establecidos únicamente en España, superan el límite de 10.000 euros, sin IVA, de ventas a distancia intracomunitarias y servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión en el conjunto de la Comunidad durante el año natural precedente, o lo superan durante el año en curso, o han optado por tributar en destino aunque no lo alcancen
  • No es obligatorio: los regímenes de ventanilla única son optativos. Sin ellos, el IVA de cada Estado de consumo se declara registrándose en ese Estado

Ejemplo práctico

Librería Olmo SL, de Zaragoza, declara su tercer trimestre en el régimen de la Unión

Librería Olmo SL vende libros por su tienda en línea a particulares de Francia y Portugal. En 2025 esas ventas a distancia sumaron 18.000 euros sin IVA, por encima del límite de 10.000 euros: desde entonces el IVA de cada venta es el del país de llegada. Para no registrarse en Francia ni en Portugal presentó el formulario 035 de alta en el régimen de la Unión, con España como Estado de identificación y su NIF como número de operador. Entre el 1 y el 31 de octubre de 2026 presenta el modelo 369 del tercer trimestre: para cada Estado de consumo consigna la base imponible sin IVA de las ventas del trimestre, desglosada por tipo impositivo de ese Estado, y la cuota resultante; el total de todas las cuotas es el importe que paga a su entidad colaboradora dentro del mismo plazo, y cuyo Número de Referencia Completo (NRC) consigna en el 369 al presentarlo. Si en un trimestre no vende nada fuera de España, presenta igualmente el 369.

Cómo cumplimentarlo, paso a paso

  1. Compruebe que el régimen de la Unión le corresponde: sede en el territorio de aplicación del impuesto y ventas a distancia intracomunitarias de bienes o servicios a consumidores finales de otros Estados miembros; los servicios a clientes de España y las ventas de bienes sin transporte entre dos Estados miembros se declaran por el régimen general del IVA, en el modelo 303, no en el 369.
  2. Dése de alta con el formulario 035, por vía electrónica, con certificado electrónico o Cl@ve si es persona física: el régimen se aplica desde el primer día del trimestre siguiente, o desde la primera operación si presenta el 035 a más tardar el décimo día del mes siguiente y lo hace constar en «Comunicación de operaciones previas». Su número de operador es su NIF.
  3. Lleve un registro de las operaciones del régimen, con detalle suficiente para que la Administración del Estado de consumo pueda comprobar la autoliquidación, y consérvelo diez años desde el final del año de la operación; expida factura de cada operación.
  4. Reúna, para el trimestre, las ventas y servicios acogidos al régimen por Estado miembro de consumo (el de llegada de los bienes o el de localización del servicio), con su base imponible sin IVA y la cuota al tipo de ese Estado, desglosada por tipos impositivos; si cobró en otra moneda, convierta al tipo de cambio publicado por el Banco Central Europeo para el último día del trimestre o, si no hubiera publicación ese día, del día siguiente.
  5. Presente el modelo 369 del régimen de la Unión por vía electrónica durante el mes natural siguiente al trimestre, declarando todas las operaciones del régimen: no cabe declarar solo una parte, y la autoliquidación se presenta aunque no haya operaciones.
  6. Pague primero la cuota, en euros con dos decimales, a una entidad colaboradora (por vía electrónica o en sus sucursales) facilitando su NIF y los datos de la autoliquidación; la entidad le entrega un recibo con el Número de Referencia Completo (NRC), que consigna en el modelo 369 al presentarlo en la Sede electrónica, dentro del plazo de presentación. El 369 nunca es negativo ni compensa IVA soportado.
  7. Si debe corregir una cuota de un trimestre anterior, hágalo en el apartado de correcciones de una autoliquidación posterior, dentro de los tres años: Estado de consumo, ejercicio, período y la diferencia, positiva o negativa, de la cuota.

El modelo, línea a línea

1. Declarante
NIF y apellidos y nombre o razón social del declarante. En el régimen de la Unión, el NIF que ya le ha asignado la Agencia Tributaria es también su número de operador.
2. Ejercicio y periodo
Ejercicio y trimestre. Las fechas «desde» y «hasta» solo se rellenan si, por haber cambiado de Estado miembro de identificación dentro del trimestre, debe presentar más de una declaración para ese trimestre. Marque «Declaración sin actividad» si en el periodo no realizó operaciones del régimen ni debe corregir cuotas de trimestres anteriores.
3. Prestaciones de servicios desde el EMID España y desde establecimientos permanentes situados fuera de la UE
Para cada Estado miembro de consumo: código del país, tipo de IVA de ese Estado y base imponible en euros. No se incluyen los servicios localizados en España, que van a las declaraciones del régimen general, ni los localizados en un Estado miembro donde tenga un establecimiento permanente, que van a las declaraciones nacionales de ese establecimiento.
4. Entregas de bienes expedidos o transportados desde EMID España
Para cada Estado miembro de consumo al que llegan bienes cuyo transporte empieza en España: código del país, tipo de IVA de ese Estado y base imponible en euros, tenga o no un establecimiento permanente en el Estado de llegada.
5. Prestaciones de servicios desde establecimientos permanentes en otros EM distintos de España
Por cada establecimiento permanente: código del país donde está y su número de identificación a efectos del IVA (NIVA) en ese Estado; después, por cada Estado miembro de consumo, código del país, tipo de IVA y base imponible en euros.
6. Entregas de bienes expedidos o transportados desde otros EM distintos de España
Por cada país de envío distinto de España: su código y el NIVA u otro código de identificación fiscal en ese país, si lo tiene; después, por cada Estado miembro de consumo, código del país, tipo de IVA y base imponible en euros. Incluye los bienes que llegan a España desde ese país de envío.
7. Correcciones de autoliquidaciones de periodos anteriores (máximo 3 años)
Por cada Estado de consumo afectado: código del país, ejercicio y período de la autoliquidación que se corrige, y la corrección de la cuota, positiva o negativa; por ejemplo, Alemania, 1T 2022, -50 euros si la cuota declarada de 300 euros debía ser de 250.
8. Resultado de la autoliquidación por EM de consumo
Se rellena automáticamente con los datos de los apartados anteriores. Un saldo negativo en un Estado, fruto de correcciones, aparece como «A devolver por el EM de consumo»: es provisional, lo decide ese Estado, se devuelve en la cuenta del formulario 035 y no minora lo debido a otro Estado. El «Saldo a ingresar en España» es la suma de los resultados positivos; nunca es negativo.
9. Tipo de pago
Ingreso total, ingreso parcial (la cantidad que deja pendiente va en «Importe imposibilidad de pago») o sin ingreso. Si tiene cuenta en una entidad colaboradora, se le pide el NRC del pago, hecho antes de presentar. La transferencia a la cuenta de la Agencia Tributaria solo cabe para un empresario no establecido en la Comunidad que no tenga cuenta en una entidad colaboradora: no se aplica a quien está establecido en España.

Conviene saber

  • Cuando el límite de 10.000 euros se supera durante el año en curso, el IVA de destino se aplica desde ese momento; el límite no se aplica si las ventas a distancia se efectúan, total o parcialmente, desde un Estado miembro distinto del de establecimiento.
  • Puede optar por tributar en destino aunque no alcance los 10.000 euros. La opción se ejerce en la declaración censal de alta o de modificación (Reglamento aprobado por el Real Decreto 1065/2007, arts. 9.3 y 10.2), comprende como mínimo dos años naturales y, pasados dos años naturales, debe reiterarse o queda revocada automáticamente (Reglamento del IVA, Real Decreto 1624/1992, art. 22). Si esas operaciones tributan por el régimen de la Unión, no hay que justificar ante la Agencia Tributaria que se han declarado en otro Estado miembro.
  • Además del 369, el importe total del período de las ventas a distancia intracomunitarias y de los servicios acogidos al régimen de la Unión, no sujetos en España, se hace constar en la casilla 123 del modelo 303 («Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única»).
  • El 369 no admite deducir IVA soportado: el soportado en otros Estados de consumo se recupera por el procedimiento de devolución a no establecidos (modelo 360) si no está obligado a registrarse allí por otras operaciones.
  • Si no presenta el 369 a final de mes, la Agencia Tributaria envía un recordatorio electrónico el décimo día siguiente al vencimiento; los recordatorios posteriores y la recaudación corresponden al Estado de consumo, cuyas sanciones y recargos quedan fuera de la ventanilla única.
  • El Estado de identificación puede excluirle de oficio si lleva dos años sin operaciones del régimen o incumple sistemáticamente sus normas; tras una exclusión por incumplimiento no puede volver a acogerse en ningún Estado durante los dos años siguientes.
  • Los regímenes exterior a la Unión (no establecidos en la Comunidad) y de importación (envíos de hasta 150 euros procedentes de terceros países, declaración mensual) tienen su propio formulario 369 y su propio 035: esta guía solo trata el régimen de la Unión.

Errores frecuentes

  • Dejar de presentar el 369 en un trimestre sin ventas al extranjero: mientras esté registrado, la autoliquidación se presenta igualmente.
  • Declarar en el 369 los servicios prestados a particulares de España o las ventas de bienes sin transporte entre dos Estados miembros: van al régimen general y al modelo 303. En cambio, las ventas a distancia con llegada en España de bienes expedidos desde otro Estado miembro sí se incluyen en el régimen de la Unión (las entregas interiores facilitadas por una interfaz electrónica para un vendedor no establecido también entran en el régimen, pero quedan fuera de esta guía).
  • Restar el IVA soportado en el Estado de consumo: el 369 solo recoge IVA devengado.
  • Declarar en el 369 solo las ventas de algunos Estados: si se opta por el régimen, se declaran todas las operaciones a las que se aplica.
  • Corregir un trimestre anterior presentando de nuevo esa autoliquidación: la corrección va en una autoliquidación posterior, en el apartado de correcciones, dentro de tres años.
  • Fraccionar las ventas para quedar bajo los 10.000 euros: la Ley prohíbe fraccionar la contraprestación a estos efectos.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 369?

Por cada trimestre natural, durante el mes natural siguiente al final del trimestre, mientras el empresario esté registrado en el régimen de la Unión y aunque no haya efectuado operaciones.

¿Qué IVA se declara, el español o el del país del cliente?

El de cada Estado miembro de consumo: para los bienes, el Estado de llegada; para los servicios, el Estado donde se localizan. La base y la cuota se consignan por Estado y por tipo impositivo; esta guía no recoge los tipos de otros Estados.

¿Puedo elegir otro país como Estado de identificación?

No. Quien tiene la sede de su actividad en el territorio de aplicación del impuesto español debe elegir necesariamente España, y no puede cambiar de Estado de identificación.

¿Cómo pago el IVA del 369?

En euros, a una entidad colaboradora, antes de presentar: facilita su NIF y el importe, recibe el Número de Referencia Completo (NRC) y lo consigna en el 369 dentro del plazo de presentación. Si presenta sin ingreso o ingresa solo una parte, la Sede electrónica ofrece el trámite de ingreso adicional; si no paga en su totalidad, la Agencia envía un recordatorio el décimo día siguiente.

¿Cómo dejo el régimen de la Unión?

Con el formulario 035 de cese, presentado al menos quince días antes de finalizar el trimestre natural anterior a aquel en que quiera dejar de aplicarlo.

Para saber más

Fuentes oficiales

Leer en inglés

Este tema en otros países

Cada país aplica su propio Derecho: estas páginas están redactadas en su idioma y basadas en sus fuentes oficiales.

Guía y documento ofrecidos solo a título informativo; no constituyen un asesoramiento jurídico o fiscal personalizado. Solo es válida la decisión del organismo destinatario: compruebe sus requisitos y, si es necesario, consulte a un profesional cualificado.