Calcule el valor de sus pagas extraordinarias (verano y Navidad) y simule el efecto del prorrateo mensual.
Données vérifiées · July 2026
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El Estatuto de los Trabajadores garantiza como mínimo dos pagas extraordinarias al año (habitualmente verano y Navidad), cada una de al menos una mensualidad de salario, salvo que el convenio colectivo establezca el prorrateo mensual (diluidas en las 12 nóminas) u otra cuantía distinta.
Con un salario base de 1.500 € y 2 pagas extraordinarias para un año completo, cada paga vale 1.500 € (total 3.000 €/año). Si están prorrateadas, esto supone 250 €/mes adicionales en la nómina.
Introduzca el salario base mensual.
Confirme el número de pagas extraordinarias de su convenio (por defecto 2).
Introduzca los meses trabajados en el período, si es un año incompleto.
Indique si sus pagas están prorrateadas mensualmente.
Last data update
July 14, 2026
Sources and references
Estatuto de los Trabajadores, art. 31.
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