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Módulo 221 min2544 palabrasGratis — sin cuenta

La autoliquidación periódica: modelo 303, plazos y saldos a favor

Los ejemplos numéricos del módulo y, después, casos que resolver antes de ver su solución · 3 secciones · 468 palabras · 4 min

Ejemplo numérico

El primer trimestre de Javier

Javier facturó reparaciones por una base imponible de 8.000 € al 21 %, es decir, 1.680 € de IVA repercutido. Compró material por 2.000 € más el 21 %, con facturas, es decir, 420 € de IVA deducible, y gasóleo para su furgoneta por 100 € más el 21 %, es decir, 21 €. Se supone que la furgoneta es un vehículo mixto utilizado en el transporte de mercancías: el artículo 95, apartados tres y cuatro, presume entonces afectado al 100 % su combustible; en un turismo, la presunción sería del 50 %. El resultado del trimestre es 1.680 € − 441 € = 1.239 €.

Ejemplo numérico

Un trimestre con dos tipos

Un pequeño comercio de alimentación vende comida por una base de 20.000 € al 10 %, es decir, 2.000 € de IVA, y productos de limpieza por 3.000 € al 21 %, es decir, 630 €. Su IVA repercutido asciende a 2.630 €. Compró mercancía por 15.000 € al 10 %, 1.500 € deducibles, y pagó 200 € de IVA en sus facturas de electricidad. El resultado es 2.630 € − 1.700 € = 930 € a ingresar.

Caso práctico

El trimestre de arranque de Carmen

Carmen abre una pequeña pastelería en abril. Entre abril y junio vende bollería y pasteles por una base imponible de 6.000 €, productos alimenticios que tributan todos al tipo reducido del 10 % (el pan común, en cambio, iría al 4 %). Compra un horno e instalaciones por 12.000 € más un 21 % de IVA, con facturas a nombre de la pastelería. ¿Cuál es el resultado de su autoliquidación del segundo trimestre, hasta qué fecha debe presentarla y qué puede hacer con ese resultado?

Pista: Calcule el IVA repercutido al 10 % y el soportado al 21 % y compárelos. Piense en lo que permiten los artículos 99 y 115 cuando la diferencia es a favor del contribuyente en un trimestre que no es el último del año.

Mostrar la solución

IVA repercutido: 6.000 € × 10 % = 600 €. IVA deducible: 12.000 € × 21 % = 2.520 €. Resultado: 600 € − 2.520 € = −1.920 €, un saldo a su favor. La autoliquidación de abril a junio se presenta entre el 1 y el 20 de julio. Como no es la autoliquidación del último periodo del año y Carmen no está inscrita en el régimen de devolución mensual, no puede pedir aquí la devolución: compensa el saldo en las autoliquidaciones siguientes, durante cuatro años. Si a 31 de diciembre conserva saldo a favor, puede solicitar su devolución en la autoliquidación del cuarto trimestre, pero no compensar y devolver el mismo saldo.

Respuesta: Un saldo a favor de 1.920 €, presentado antes del 20 de julio, a compensar; su devolución solo podría pedirse en la autoliquidación del cuarto trimestre

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Contenido didáctico, actualizado según las fuentes citadas. No sustituye a un asesoramiento adaptado a su situación. Estos cursos no son certificables ni bonificables: no preparan para ninguna certificación inscrita en un registro oficial.