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Salario vs dividendos — el arbitraje del dirigente (2026)

¿Remunerarse con salario, con dividendos o con ambos? Seis criterios factuales, la trampa del 100 % dividendos y los perfiles tipo para enmarcar la conversación con su asesor.

Derecho francés únicamente · Verificado 2026-06

CriterioRemuneración (salario)Dividendos
Coste socialCoste total ≈ 1,75 a 1,85 × el neto abonado (cotizaciones patronales + del trabajador, régimen asimilado a asalariado SASU; varía según el nivel de salario)Sin cotizaciones en SAS/SASU — retenciones sociales del 17,2 % incluidas en el PFU
Fiscalidad del beneficiarioIR según la escala progresiva (tras deducción del 10 % o gastos reales)PFU 30 % (12,8 % IR + 17,2 % cargas sociales) u opción global por la escala (deducción del 40 % — se aplica a todas las rentas mobiliarias del año)
Protección socialJubilación, enfermedad, prestaciones por baja, previsiónNingún derecho social adquirido
Efecto sobre el ISGasto deducible del resultado imponible al IS (impuesto de sociedades)Pagados después del IS (15 % / 25 %), no deducibles
Ritmo de pagoMensual — nómina y DSN (declaración social francesa)Tras la aprobación de las cuentas (junta anual), anticipos posibles
Caso EURL / gerente TNSCotizaciones TNS ≈ 35-45 % de la remuneración del gerente según los tramosLa parte que excede el 10 % del capital social (incrementado con las primas de emisión y las cuentas corrientes de socios) queda sujeta a cotizaciones TNS

La trampa del 100 % dividendos

Cero salario = cero trimestres de jubilación validados, cero prestaciones por baja, cero previsión. El arbitraje pertinente se juega generalmente entre un salario base que abre los derechos sociales y un complemento en dividendos sobre el excedente — rara vez al revés.

¿Qué arbitraje según su situación?

Prioridad: protección social

Quiere validar sus trimestres de jubilación y estar cubierto en caso de baja: priorice un salario regular, aunque sea modesto, antes de cualquier reparto de dividendos.

Tesorería excedentaria

La sociedad genera más de lo que necesita como remuneración: un complemento en dividendos sobre el excedente, después del IS, evita las cotizaciones sobre la parte no necesaria para el día a día.

Gerente de EURL (TNS)

Por encima del 10 % del capital social (incrementado con las primas y las cuentas corrientes de socios), los dividendos soportan las cotizaciones TNS: la ventaja social de los dividendos desaparece en gran parte — el arbitraje se recalcula por completo.

Sociedad en fase de arranque

Resultado incierto, tesorería ajustada: un salario calibrado a la necesidad real asegura sus derechos; los dividendos esperarán a un excedente duradero y a cuentas aprobadas.

Preguntas frecuentes

¿Pagarse el 100 % en dividendos, buena idea?

Casi nunca: sin salario, no valida ningún trimestre de jubilación y pierde las prestaciones por baja y la previsión. El ahorro aparente en cotizaciones se paga en derechos sociales perdidos — y el IS más el PFU reducen la diferencia real.

¿PFU 30 % u opción por la escala?

El PFU es a tipo fijo y sencillo. La opción global por la escala progresiva (con deducción del 40 % sobre los dividendos) solo resulta interesante si su tipo marginal es bajo — típicamente los tramos del 0 % o del 11 %. Se aplica entonces a todas sus rentas del capital del año.

¿El arbitraje es el mismo en SASU y en EURL?

No. En SASU (régimen asimilado a asalariado), los dividendos escapan a las cotizaciones sociales. En EURL (gerente TNS), la parte de dividendos que excede el 10 % del capital social, incrementado con las primas de emisión y las sumas dejadas en cuenta corriente de socio, se reintegra en la base de cotizaciones TNS — la palanca de los dividendos es allí mucho más limitada.

¿En qué orden decidir?

Primero el salario necesario para su vida diaria y sus derechos sociales; después el IS sobre el resultado restante; por último los dividendos sobre el excedente distribuible. Cuantifique los escenarios con nuestras calculadoras antes de la junta anual.

Información pedagógica orientativa (derecho francés, verificada en 2026-06) — no constituye asesoramiento fiscal ni social personalizado. Los tipos (PFU, IS, cotizaciones) cambian con cada ley de presupuestos o de financiación: compruebe las fuentes oficiales antes de cualquier decisión de remuneración.

Fuentes oficiales